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Factura B 2026: qué es, quién la emite, cómo hacerla en ARCA

La factura B la emite un responsable inscripto a consumidores finales y exentos. Cuándo va, cómo se hace en ARCA y qué cambió en 2026.

Equipo Contablix 8 min de lectura

En esta nota11 secciones

Te pidieron «factura B» y no sabés si te corresponde. O te llegó una y no sabés si te sirve. En Contablix, estudio contable especializado en emprendedores digitales, vemos esta duda todo el tiempo. Te la resolvemos con una tabla y un ejemplo con números. En cinco minutos vas a saber quién la emite y a quién. También qué muestra desde 2025 y cómo hacerla en ARCA (ex AFIP).

Respuesta rápida

  • La factura B la emite solo un responsable inscripto (RI) en IVA.
  • Va a consumidores finales, exentos, no alcanzados y turistas del extranjero.
  • Si le vendés a un monotributista o a otro RI, no va B: va factura A.

¿Qué es la factura B?

La factura B es el comprobante que emite un responsable inscripto en IVA cuando le vende a un consumidor final. Según la tabla de clases de comprobantes de ARCA, también va a sujetos exentos y no alcanzados. Y a no categorizados y turistas del extranjero.

El precio que figura es final, con el IVA incluido.

El marco general es la RG 1415/2003, que regula la facturación. Si no sos responsable inscripto, no podés emitir factura B, por más que el cliente te la pida.


¿Quién emite factura B y a quién?

La factura B la emite solo un responsable inscripto. Si sos monotributista, emitís factura C siempre, salvo que exportes: ahí va factura E.

La reciben:

  • Consumidores finales (personas que compran para uso propio).
  • Sujetos exentos y no alcanzados por el IVA.
  • No categorizados.
  • Turistas del extranjero (en su caso también puede ir factura T).

Si le vendés a un monotributista o a otro responsable inscripto, no corresponde B: corresponde factura A.

¿Un responsable inscripto puede recibir factura B?

Sí, puede pasar. Por ejemplo, si comprás algo como consumidor final. El problema es que esa B no te sirve para computar crédito fiscal de IVA.

El crédito fiscal es el IVA de tus compras que le restás al de tus ventas (IVA explicado). Si comprás para tu actividad a otro RI, pedí factura A.

¿Y si soy monotributista?

Cuando le comprás a un responsable inscripto, recibís factura A con la leyenda de la Ley 27.618. Y cuando vos facturás, emitís C.

Ojo que muchas guías todavía dicen lo contrario. Desde el 1 de julio de 2021, un RI que le vende a un monotributista le hace factura A, no B. Lo dispuso la RG 5003/2021.


Factura A, B y C: tabla comparativa

Esta es la tabla de ARCA resumida. Buscá tu fila (quién emite) y tu columna (a quién le vendés).

Emisor ↓ / Receptor →Responsable inscriptoMonotributistaConsumidor final o exentoTurista del extranjeroExportación
Responsable inscriptoAABB o TE
MonotributistaCCCCE
ExentoCCCCE

Qué muestra cada una:

FacturaCaso típicoCómo muestra el IVA¿Se computa?
ADe RI a RI, o de RI a monotributistaDiscriminadoSí, como crédito fiscal del RI
BDe RI a consumidor final o exentoContenido, solo informativoNo
CLa emiten monotributistas y exentosSin IVANo

Para ver todas las letras, incluida la E, tenés la guía de factura electrónica 2026.


IVA en la factura B: el Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor

La factura B sí lleva IVA, incluido en el precio. Y desde 2025 tiene que mostrar cuánto IVA contiene ese precio.

La Ley 27.743, en su Título VII, creó el Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor. La RG 5614/2024 lo reglamentó. Arrancó el 1 de enero de 2025 para las grandes empresas. Para el resto es obligatorio desde el 1 de abril de 2025, como informó ARCA.

Abajo a la izquierda, la factura B tiene que mostrar:

  • La leyenda «Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor (Ley 27.743)».
  • El «IVA Contenido».
  • Los «Otros Impuestos Nacionales Indirectos».

Es un dato informativo: tu cliente ve cuánto IVA pagó, pero no lo computa.

Ejemplo con números

Vendés un producto a un consumidor final por $121.000 finales. La alícuota es del 21 %, según el artículo 28 de la Ley de IVA.

IVA contenido = $121.000 × 21 / 121 = $21.000

El neto es de $100.000. Lo único nuevo es que la factura le muestra los $21.000 de IVA.

Al 10,5 %, sobre $110.500 finales, el IVA contenido es de $10.500. El precio que paga tu cliente no cambia: la transparencia fiscal solo agrega información a la factura.


¿Desde qué monto tengo que identificar al consumidor final?

Toda factura B a consumidor final lleva la leyenda «A CONSUMIDOR FINAL».

Desde $10.000.000 por operación, tenés que identificar al comprador con su DNI, CUIL o CDI. Si es extranjero, va el documento de su país o el pasaporte. El nombre y el domicilio pueden ir como «NR».

Ese monto rige desde el 29 de mayo de 2025, por la RG 5700/2025. El texto actual de la RG 1415 sobre este punto lo fijó la RG 5866/2026.

Novedad desde el 1 de julio de 2026: CUIT si el cliente deduce en Ganancias

Si el comprador te pide la factura para deducirla en Ganancias, va con su CUIT. Sin importar el monto. Lo previó la RG 5824/2026 y hoy lo establece la RG 5866/2026, que la reemplazó y modificó la RG 1415.

Ejemplo: sos freelancer RI y le cobrás $80.000 a una persona que va a deducir el gasto. Le hacés factura B, pero con su CUIT.

Entonces, ¿factura con CUIT o factura B? Las dos cosas. Sigue siendo una factura B, pero identificada con la CUIT de tu cliente.


Cómo hacer una factura B en ARCA paso a paso

Se hace desde «Comprobantes en línea», según la guía oficial de ARCA:

  1. Entrá con tu clave fiscal nivel 3 y abrí el servicio «Comprobantes en línea».
  2. Verificá que tengas un punto de venta habilitado. Se da de alta en «ABM Puntos de venta». El alta no es inmediata, y un punto dado de baja no se vuelve a usar.
  3. Andá a «Generar comprobantes», elegí el punto de venta y seleccioná «Factura B».
  4. Completá la fecha y el concepto: productos, servicios o ambos. Si son servicios, te pide el período facturado y el vencimiento del pago.
  5. En los datos del receptor, elegí la condición frente al IVA «Consumidor Final» (o «Exento»). Cargá su documento si corresponde.
  6. Cargá el detalle con el precio final y la alícuota. Verificá que aparezca el IVA contenido.
  7. Confirmá el comprobante, descargá el PDF y mandáselo a tu cliente.

Antes de confirmar, revisá la condición frente al IVA del receptor: corregirla después requiere una nota de crédito.

Si recién pasás de monotributo, leé cómo facturar siendo responsable inscripto.


Factura B en e-commerce: Tiendanube, Mercado Libre y ventas online

Si sos RI y le vendés online a personas, cada venta lleva su factura B. Da igual que factures a mano o con un sistema integrado a tu tienda.

Pero no todas tus ventas son a consumidores finales:

  • Si el comprador es RI y te pide A, emitís factura A.
  • Si le vendés a un monotributista, también va A.
  • Si una venta llega a $10.000.000, identificás al comprador.
  • Si hay una devolución o una cancelación, emitís una nota de crédito B.

En una tienda online, la letra de la factura la define quién te compra, no el canal.

En Contablix, estudio contable especializado en e-commerce, esto lo ordenamos con cada vendedor. Profundizá en los impuestos de Tiendanube y de Mercado Libre, o en el RI en e-commerce. Para armar tu esquema, tenés nuestra consultoría para e-commerce.


Errores comunes con la factura B

  1. Hacerle B a un monotributista. Desde julio de 2021 le corresponde A.
  2. Hacerle B a un RI que te pidió A. No puede computar el crédito fiscal.
  3. No poner la CUIT cuando el cliente la pide para Ganancias. Es obligatorio desde julio de 2026.
  4. Creer que la B «no lleva IVA». Lo lleva, contenido en el precio.
  5. Anular una factura en vez de hacer una nota de crédito.
  6. Que un monotributista intente emitir B. No puede: emite C.

Casi todos estos errores salen de no mirar la condición frente al IVA de tu cliente antes de facturar.


Preguntas frecuentes

¿La factura B es para consumidor final?

Sí, es el caso principal. También va a exentos, no alcanzados y turistas del extranjero. La emite solo un responsable inscripto.

¿Un responsable inscripto puede recibir factura B?

Puede recibirla, pero no le permite computar el IVA como crédito fiscal. Si comprás para tu actividad a otro RI, pedí siempre factura A.

¿Monotributo es factura A o B?

Si sos RI y le vendés a un monotributista, va factura A desde julio de 2021. Lleva la leyenda de la Ley 27.618. El monotributista siempre emite C, o E si exporta.

¿Desde qué monto tengo que identificar al consumidor final en una factura B?

Desde $10.000.000 por operación (RG 5700/2025). Y desde julio de 2026, va con CUIT a cualquier monto si el cliente la deduce en Ganancias (RG 5866/2026).

¿La factura B discrimina IVA?

Muestra el «IVA Contenido», por el Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor. Ese IVA no es computable para el consumidor: es solo un dato.

¿Cómo hago una factura B en ARCA?

Entrás con clave fiscal nivel 3 a «Comprobantes en línea» y elegís punto de venta y «Factura B». Completás concepto, receptor y detalle, y confirmás.

¿Qué diferencia hay entre factura A, B y C?

La A va de RI a RI o a monotributista, con IVA discriminado. La B va de RI a consumidor final o exento, con IVA contenido. La C la emiten monotributistas y exentos, sin IVA.


En resumen

La factura B es la del responsable inscripto para el consumidor final. Al monotributista y al RI les va factura A.

Antes de cada factura, preguntate quién te compra: esa respuesta define la letra. En Contablix tenemos más de 250 clientes activos y más de 1000 emprendedores ya confiaron en nosotros desde 2020. Si querés que alguien revise tu facturación como RI, mirá nuestro servicio de responsable inscripto. ¿Te gustaría agendar una reunión?

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Cr. Francisco G. Ramírez

Fundador de Contablix · Consultor tributario

Contador Público Nacional (UNCuyo, 2014) y Master in Laws en Derecho Tributario (UTDT, 2017), diplomado en Criptoeconomía y Planificación Patrimonial. Más de 12 años asesorando a emprendedores y empresas argentinas.

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Aviso importante Este artículo fue elaborado con asistencia de inteligencia artificial a partir de instrucciones revisadas por el equipo profesional de Contablix. Puede contener imprecisiones. Esta información es de carácter general y no constituye asesoramiento individual. Consultá con tu contador antes de tomar decisiones.

Preguntas frecuentes

¿La factura B es para consumidor final?

Sí, es el caso principal. También va a exentos, no alcanzados y turistas del extranjero. La emite solo un responsable inscripto.

¿Un responsable inscripto puede recibir factura B?

Puede recibirla, pero no le permite computar el IVA como crédito fiscal. Si comprás para tu actividad a otro RI, pedí siempre factura A.

¿Monotributo es factura A o B?

Si sos RI y le vendés a un monotributista, va factura A desde julio de 2021. Lleva la leyenda de la Ley 27.618. El monotributista siempre emite C, o E si exporta.

¿Desde qué monto tengo que identificar al consumidor final en una factura B?

Desde $10.000.000 por operación (RG 5700/2025). Y desde julio de 2026, va con CUIT a cualquier monto si el cliente la deduce en Ganancias (RG 5866/2026).

¿La factura B discrimina IVA?

Muestra el «IVA Contenido», por el Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor. Ese IVA no es computable para el consumidor: es solo un dato.

¿Cómo hago una factura B en ARCA?

Entrás con clave fiscal nivel 3 a «Comprobantes en línea» y elegís punto de venta y «Factura B». Completás concepto, receptor y detalle, y confirmás.

¿Qué diferencia hay entre factura A, B y C?

La A va de RI a RI o a monotributista, con IVA discriminado. La B va de RI a consumidor final o exento, con IVA contenido. La C la emiten monotributistas y exentos, sin IVA.

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