- Blog
- /
- Facturación
Cómo emitir factura E: guía completa para exportar servicios desde Argentina (2026)
En resumen: La factura E documenta la exportación de servicios, se emite sin IVA y usa el tipo de cambio vendedor divisa del Banco Nación del día hábil anterior (RG 5616/2024). Para monotributistas, lo que exportás sí suma al tope del monotributo. Si sos persona humana ya no tenés que vender tus dólares al tipo de cambio oficial: alcanza con ingresarlos a una cuenta en dólares a tu nombre en un banco local dentro de los 20 días hábiles del cobro (Com. BCRA “A” 8330 y “A” 8417).
Si cobrás del exterior por diseño, consultoría, desarrollo, traducción o cualquier servicio prestado a clientes de otro país, el comprobante que corresponde es la factura E. En esta guía vas a ver qué es, quién la emite, cómo generarla en ARCA y qué reglas cambiarias rigen hoy para los cobros.
Qué es la factura E
Es el comprobante electrónico que documenta las exportaciones. En servicios, se emite cuando el servicio se utiliza o se explota efectivamente en el exterior.
No alcanza con que el cliente sea extranjero: importa dónde se aprovecha el servicio. Un diseñador que hace el logo de una empresa española que lo usa en España exporta un servicio. Un consultor que asesora a una empresa chilena sobre su operación en Argentina, no: el servicio se aprovecha en el país.
Emitirla bien te permite:
- Respaldar ante el banco el ingreso de las divisas.
- Tratar la operación como exportación en IVA: no lleva IVA y, si sos responsable inscripto, podés recuperar el IVA de las compras vinculadas (art. 43 de la Ley de IVA).
- Demostrar el origen de los fondos.
Los bancos y los proveedores de pago informan a ARCA las acreditaciones que reciben, así que no emitir la factura (o emitirla mal) deja inconsistencias visibles.
Quién puede emitir factura E
Monotributistas
- Podés exportar servicios siendo monotributista; no hace falta pasar a responsable inscripto sólo por exportar.
- Lo que facturás al exterior suma a tus ingresos brutos para la categoría y para el tope del régimen (Ley 24.977, Anexo). Si superás el tope de la categoría K, quedás excluido.
- Necesitás un punto de venta habilitado para comprobantes de exportación.
Responsables inscriptos
- Emiten factura E sin IVA y declaran la operación como exportación en la declaración jurada mensual de IVA.
- Pueden recuperar el IVA de las compras vinculadas a la exportación (art. 43 de la Ley de IVA).
- No existe un registro especial de exportadores de servicios: el registro de importadores/exportadores de la Aduana es para bienes.
Cómo emitir factura E en ARCA: paso a paso
Necesitás:
- CUIT y clave fiscal nivel 3.
- El servicio Comprobantes en línea adherido.
- Los datos del cliente: nombre o razón social, país, domicilio y su identificación tributaria del exterior (si la tiene).
Paso 1: punto de venta para exportación
Dalo de alta en el servicio Administración de puntos de venta y domicilios, eligiendo el sistema de comprobantes de exportación de Comprobantes en línea (o el web service de exportación, WSFEX, si vas a facturar desde un software).
Paso 2: generá el comprobante
En Comprobantes en línea > Generar comprobantes, elegí el punto de venta de exportación y Factura E. Después:
- Receptor: país, nombre o razón social, domicilio e identificación tributaria del exterior.
- Fecha: la de la prestación o la del período facturado según el contrato, no necesariamente la del cobro.
- Descripción: concreta. “Diseño de identidad visual para la marca X” dice más que “servicios profesionales”.
- Moneda e importe: la moneda pactada (dólar, euro, etc.). El tipo de cambio que se usa es el vendedor divisa del Banco Nación al cierre del día hábil cambiario anterior a la emisión, y en Comprobantes en línea el sistema lo completa solo (RG 5616/2024).
- Sin IVA: la factura E no lleva IVA.
Paso 3: confirmá y descargá
El sistema otorga el CAE en el momento. Descargá el PDF y envialo al cliente.
Monotributista vs. responsable inscripto
| Aspecto | Monotributista | Responsable inscripto |
|---|---|---|
| Puede emitir factura E | Sí | Sí |
| IVA | No aplica (no es contribuyente de IVA) | No lleva IVA; se declara como exportación y permite recuperar el IVA de compras vinculadas |
| Suma al tope del monotributo | Sí | No aplica |
| Registro de exportadores | No existe para servicios | No existe para servicios |
| Ganancias | Incluido en la cuota por la actividad del monotributo | Tributa sobre la ganancia neta anual |
Qué pasa con los dólares que cobrás
Emitir la factura es la mitad. La otra es cómo ingresan los fondos.
- Personas humanas: la Com. BCRA “A” 8330 (18/9/2025) eliminó el tope anual de USD 36.000 y dejó a las personas humanas exceptuadas de liquidar (vender al tipo de cambio oficial) los cobros de exportaciones de servicios, sin límite de monto. La Com. “A” 8417 (9/4/2026) extendió la excepción a todos los conceptos de servicios. La condición es acreditar los fondos en una cuenta en moneda extranjera a tu nombre en una entidad financiera local dentro de los 20 días hábiles desde que los cobrás en el exterior (Com. “A” 8116). Además, los bancos no pueden cobrarte comisión por acreditar esas divisas (sólo trasladar, al costo, los cargos de los bancos del exterior).
- Sociedades: siguen obligadas a ingresar y liquidar los cobros de exportaciones de servicios en el mercado de cambios. El plazo general es de 20 días hábiles desde el cobro (Com. “A” 8137).
Las normas cambiarias cambian seguido: confirmá con tu banco antes de operar.
Los errores más comunes
1. Emitirla cuando el servicio no es de exportación
El criterio es dónde se utiliza el servicio, no la nacionalidad del cliente. Si diseñás el menú de un restaurante que funciona en Buenos Aires, no exportás aunque el dueño viva en Barcelona.
2. Mezclar puntos de venta
Tener un punto de venta propio para exportación (que de todos modos necesitás para la factura E) ordena tus registros y facilita conciliar los cobros del exterior.
3. Usar un tipo de cambio distinto al oficial
Corresponde el vendedor divisa del Banco Nación del día hábil cambiario anterior (RG 5616/2024). No el blue, ni el MEP, ni el de la plataforma de cobro.
4. Facturar mucho después de cobrar
Emití la factura al terminar la prestación o al cierre del período pactado. Facturas emitidas mucho después de las acreditaciones generan inconsistencias con lo que informan los bancos.
5. Confundir con los servicios digitales del exterior
Los servicios digitales que prestan proveedores del exterior a consumidores en Argentina pagan IVA en el país. Lo inverso, que vos le prestes servicios a un cliente del exterior que los usa allá, es exportación y va sin IVA.
Casos para revisar con tu contador
Ingresos mixtos
Si parte del servicio se aprovecha en Argentina y parte en el exterior, la asignación entre factura local y factura E necesita un criterio documentado según el contrato.
Plataformas de cobro
Cuando cobrás por plataformas internacionales de pago, revisá cómo y cuándo llegan los fondos a tu cuenta local: el plazo de 20 días hábiles corre desde el cobro.
Contratos recurrentes
Con un cliente mensual, emití una factura por período, como con un cliente local.
Exclusión del monotributo por exportar
Exportar no te obliga a inscribirte en IVA. Pero como lo exportado suma a tus ingresos, si el total de los últimos 12 meses supera el tope de la categoría K quedás excluido y pasás al régimen general. Antes de llegar a ese punto puede convenir analizar el pase.
Preguntas frecuentes
¿La factura E reemplaza al contrato con el cliente?
No. La factura es el comprobante fiscal; el contrato regula la prestación. Conviene tener ambos.
¿Qué pasa si cobro del exterior y no emito factura E?
El banco o la plataforma informan la acreditación. Si no hay factura que la respalde, ARCA puede intimarte por ingresos no declarados.
¿Cuánto tarda el CAE?
Es inmediato al confirmar el comprobante, salvo problemas técnicos del sistema.
¿Puedo deducir gastos?
Si sos responsable inscripto, en Ganancias deducís los gastos vinculados a la actividad (subcontratistas, software, conectividad, etc.) con su documentación. En el monotributo no hay deducción de gastos: pagás la cuota de tu categoría.
Conclusión
La factura E no es complicada, pero hay que hacerla bien: verificar que el servicio califica como exportación, usar el punto de venta de exportación y el tipo de cambio correcto, ingresar los cobros a tu cuenta local en plazo y, si sos monotributista, sumar esos ingresos para tu categoría.
Si cobrás del exterior de forma habitual y querés ordenar tu esquema fiscal, en Contablix trabajamos con profesionales y empresas que exportan servicios.
Conocé nuestros servicios para responsables inscriptos y exportadores o pedí una cotización desde nuestro sitio.
Programá una consulta por Meet
1. Consulta Profesional
Si querés realizar consultas puntuales u obtener recomendaciones sobre tu operatoria, te recomendamos agendar una consulta profesional con un contador.
Duración 25′ — Una vez agendada, recibirás un correo con los datos de pago.
Agendar reunión2. Reunión Gratuita
¿Te gustaría contar con nuestros servicios de forma mensual? Coordiná un meet y conversemos sobre cómo podemos ayudarte. Duración 15′
Aviso importante Este artículo fue elaborado con asistencia de inteligencia artificial y revisado contra la normativa oficial vigente al 14/10/2026. No constituye asesoramiento impositivo individual. Para tu situación particular, consultá con tu contador de confianza.


