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Mercado Libre percibe 5% de IVA a “Excluidos del Monotributo”

1. Régimen Especial de Ingreso Resolución General (AFIP) 2955/10

Las operaciones de venta realizadas por Mercado Libre, están sujetas a esta Percepción Especial de IVA, que podrá ser:

  • 1% Responsables Inscriptos que no registren incumplimientos
  • 3% Responsables Inscriptos con incumplimientos
  • 5% Habitualistas no categorizados.

Sin embargo, para aquellos vendedores que se encuentren inscriptos en Monotributo, quedan excluídos del régimen, por lo tanto no corresponde que Mercado Libre les aplique percepción de IVA.

2. Percepción IVA sobre Productos Nuevos – Excluido del Monotributo

Desde Agosto de 2022, Mercado Libre comenzó a aplicar la percepción del 5% a vendedores monotributistas, por considerar, según sus propios registros, que se encuentran excluídos de monotributo.

El régimen aplicado es el “807 – Operadores de comercio electrónico – Sujetos no categorizados o Monotributistas Excluidos del Régimen Simplificado para la RG 2955/10 – Alícuota 5%.

En muchos casos, esto es manifiestamente incorrecto, en tanto la propia RG 2955 dispone que

“No corresponde efectuar la percepción“: Cuando el sujeto pasible:

  • Se encuentre adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), sin excederse de los parámetros de ingresos, o
  • Resulte sujeto exento a no alcanzado en el impuesto al valor agregado, o
  • Esté comprendido en alguna de las causales previstas en el punto 1. del inciso a) del Artículo 4º.

“Excluido del monotributo: Superaste los $6.019.594 de facturación anual”

Al consutlar el motivo de la percepción sufrida, muchos monotributistas encontraron que Mercado Libre les informa que superaron el límite máximo de facturación anual vigente, por lo que para poder aplicar una alícuota menor deben regularizar su condición fiscal ante AFIP.

3. Cómo actuar ante la Percepción de Mercado Libre

En los últimos días, miles de monotributistas sufrieron percepciones de IVA RG 2955/10. Cómo proceder.

A) Determinar si en algún momento se cumplió alguna causal de exclusión

Es recomendable que este análisis lo realice tu contador, en tanto el período anual se renueva diariamente, por lo cuál debe analizarse para cada día transcurrido, si en alguno de los 365 días anteriores se superó el máximo de ventas vigente.

Además del límite máximo de ventas, hay otras causales de exclusion que no suelen tenerse presentes.

Si tu facturación en ningún momento superó el máximo de ventas, también puede haber sucedido que:

  • Tuviste ventas no facturadas
  • No facturaste por el total de la operación sino que lo hiciste por el neto recibido
  • Mercado Libre determinó incorrectamente el monto de tus ventas anuales. Observamos casos en los que no consideró notas de crédito, y otros en los cuáles la cuenta estuvo asociada previamente a otra cuit, y Mercado Libre no distingue cuáles corresponden a cada CUIT.
En los últimos días, miles de monotributistas sufrieron percepciones de IVA RG 2955/10. Cómo proceder.

B) No excluidos: Iniciar un reclamo

En caso de no haberse configurado ninguna causal de exclusión, corresponde reclamar de inmediato ante la plataforma, con fundamento en la incorrecta aplicación de la RG 2955/10, y solicitando proceda a efectuar la devolución inmediata de los montos percibidos. Podés adjuntar tu constancia de inscripción junto a un reporte de ventas a tu reclamo para demostrar que no se superó el máximo anual.

En los últimos días, miles de monotributistas sufrieron percepciones de IVA RG 2955/10. Cómo proceder.

C) Excluidos: Acogerse al régimen voluntario de transición a Régimen General

De haberse superado los parámetros máximos de venta vigentes para Monotributo, será conveniente que cuanto antes solicites alta voluntaria en Régimen General. Cumpliendo con ciertos requisitos, podrás acceder a los siguientes beneficios:

  • Cómputo de IVA crédito por compras efectuadas en los 12 meses previos al alta en Régimen General
  • Deducción de compras y gastos efectuados en los 12 meses previos en Impuesto a las Ganancias.
  • Reducción del 50% del impuesto determinado en IVA para el primer ejercicio posterior al acogimiento, del 30% para el segundo y del 10% para el tercero.
  • Cómputo de las percepciones sufridas como pago a cuenta del impuesto

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En los últimos días, miles de monotributistas sufrieron percepciones de IVA RG 2955/10. Cómo proceder.

En los últimos días, miles de monotributistas sufrieron percepciones de IVA RG 2955/10. Cómo proceder.

Francisco G. Ramirez

Consultor Tributario

El autor del presente artículo es Contador Público Nacional, graduado en la Universidad Nacional de Cuyo (2014), Master in Laws – Derecho Tributario, por la Universidad Torcuato di Tella (2017), diplomado en Criptoeconomía (UNC, 2022) y candidato a diplomado en Planificación Patrimonial y Fiscalidad Internacional (UCEMA, 2023).

Cuenta con más de 12 años de experiencia profesional, trabajó para Empresas multinacionales y Estudios Contables de primera línea. Desde 2017 asesora por cuenta propia a emprendores y empresas argentinas.


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17 comentarios en «Mercado Libre percibe 5% de IVA a “Excluidos del Monotributo”»

  1. Hola, mi cuenta tuvo otro cuit asociado, MercadoLibre junto la facturación de los 12 últimos meses y me excluyó y hoy me cobra el 5% de IVA y no corresponde,ya que soy monotributista y no estoy excluido me canse de reclamar, y no van a arreglarlo, se puede hacer algo más?
    Me dicen que si borro cuenta y creo una nueva se soluciona… La verdad no les creo..

    Responder
    • Hola emanuel. Tenés que reclamar pero por otra vía. Lo que hace Mercado Libre es una interpretación excesiva e ilegal de la RG 2955, perjudicando a los contribuyentes.FGR.

      Responder
      • Ya inicé un reclamo por defensa del consumidor, si tengo una respuesta favortable compartire los resultados, les pido lo mismo si tienen exito informando en el blog, sino m vuelvo a comunicar mas adelate, gracias

        Responder
      • Hola, ustedes lo solucionan.? O por que otro medio hay que reclamar ? A afip directamente. Estoy en una situación muy similar ya vengo hace tres meses pagando ese 5% y me está perjudicando totalmente.

        Responder
        • No hay solución, lamentablemente. O se reclama por defensa al consumidor, o se prepara una buena estrategia para pasar a RI sin morir en el intento. En esto último sí podemos ayudarte. Saludos!

          Responder
      • Hola lucas, no afip no me excluyo,retenciones me van a aplicar nuevamente este mes por IVA Mercadolibre, que te hicieron a vos?
        Dice Mercadolibre que la unica solucion es reiniciar la cuenta, pero tampoco tengo garantias.,

        Responder
    • Hola Emanuel. Como estas?
      Quería saber si recibiste alguna respuesta tanto de Defensa al consumidor o de AFIP al respecto?
      Tengo un caso similar donde por una única venta aplican la retención como excluido de monotributo y temo que AFIP pueda tomar medidas, lo cual seria un grave perjuicio económico.
      Gracias!

      Responder
  2. Hola Evangélica, estoy en un caso muy similar. Cambié la titularidad hace un mes y ml. Me toma doce meses para atrás. Es ilógico. Mañana me comunicare telefónicamente. Pero en todas las consultas que dejé me dice que si o si van a votar doce meses para atrás. Y otros usuarios de mlibre me dice que cuando lo hicieron cambio automáticamente. No cambie el mail. No se si debe ser eso? Dicen que cambio de titularidad es lo mismo solo cambia nombre. No cambia el ID usar

    Responder
    • hola mari , yo tambien hice el cambio de titularidad , con el finde de empezar a realizar facturacion con otra cuenta , sabes si te siguen cobrando esa percepcion del 5 % , llame a atencion al cliente y me dijeron que por mas que me cambie la titularidad la alicuota del 5 % la retienen por haber pasado el movimiento en ventas superior a los 6 millones que puede facturar un monotributista , saludos .

      Responder
      • Hola Juan Cruz. Así tal cual es lo que dicen por más que cambie la titularidad, la cuenta de m. Libre va a seguir trayendo la información de todas las ventas.
        La verdad ya no se que hacer ya que para Afip, no estoy excluida. Por qué las ventas desde nuevo titular no supera el máximo de monotributo, entonces no se como resolverlo. En ML no me dan solución . Dicen que lo toman a sí por que si no cambian la titularidad cada tanto y se evade impuestos. Pero si es así no me va a coincidir la información de afip con la de ML ya que no me puedo hacer cargo de ventas que el titular anterior debió hacer las facturas. Es ilógico. Pero ya me estoy cansando de reclamar.

        Responder
  3. Buenas noches, ML me percibió “iva sobre productos nuevos” porque excedí un parámetro segun ellos. Hice una venta de 2 productos de $35.000 (precio unitario), osea el cliente pagó $70.000.
    Según me indican, el precio unitario para ellos es el de la operación, osea la suma de las 2 unidades, por eso me percibieron iva.
    Esto es correcto? Me podrán ayudar por favor?
    En la DR 1/2010 art.22 establece que el precio es por unidad, sin importar el total de la operación.
    Gracias!

    Responder
    • Hola Abigail, seguramente lo tengas configurado como 2x en ML, y tu cliente seleccionó sólo 1 unidad de ese 2x. Si tu cliente seleccionó 2 unidades es error de Mercado, y deberías reclamar (hasta el hartazgo) para que te devuelvan lo mal retenido. Y aunque estuviera como 2x, tal vez enviandoles la factura que detalla 2 productos también deberían devolver. Sino, defensa al consumidor.

      Saludos!

      Responder
  4. Hola! Que tal?
    Vendi un celular usado por mercado libre. El precio era $109.000. ML me descontó el importe de su comisión. Terminaré recibiendo $96.000.
    Ahora bien, me llega una factura que debo pagar $19620 por percepción de iva de producto usado. Esto porque supere el precio unitario de venta establecido para la categoría de monotributista, que es de
    $85.627,66… esto está bien? No hay forma de pelearlo? Entre la comisión de ML y esto, termine perdiendo $34.000… regale el celular prácticamente.
    Soy monotributista, categoría E y exenta de ingresos brutos por ser abogada.
    Ya inicie reclamo en defensa del consumidor, pero no se si tengo argumentos!
    Agradezco cualquier ayuda!
    Muchas gracias

    Responder
    • Hola Vanesa.

      Avanzá en el reclamo. Tenés argumentos: RG2955/10 Artículo 1: “Artículo 1º – Establécese un régimen especial de ingreso del impuesto al valor agregado aplicable a las operaciones de venta de cosas muebles nuevas, locaciones y prestaciones de obras y/o servicios concertadas y/ o perfeccionadas electrónicamente a través e “portales virtuales”.”

      Si es usado no queda comprendido en el régimen. Habría que ver si lo marcaste como usado al publicar.

      Esperamos te resulte de utilidad. Saludos!

      Responder
  5. Hola, estoy en la misma situación consultada el el 22 de febrero.
    Soy monotributista categoria F y vendo productos nuevos por mercadolibre.
    En esta ocasión vendí un producto usado a 95.000$ (marcado como usado) y automáticamente me cobraron por todas las ventas del mes un 5% de iva por considerarme “excluido del monotributo” y un 18% sobre la venta de 95.000% por “Excedido del monotributo sin inscripción en Registro de Bienes Usados”
    Entiendo que la normativa vigente es la RG 5319/23 que si menciona bienes usados.

    La consulta que tengo es si mercadolibre continua haciendo el cobro por considerarme de acá en mas excluido del monotributo, y si informa al fisco de esta situación que por el monto entiendo es causal de exclusión del monotributo (no emití factura de la operación)

    Les dejo el link de la resolucion y de la informacion que da mercadolibre

    https://vendedores.mercadolibre.com.ar/nota/percepciones-iva-monotributista-mercado-libre/

    https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/resoluci%C3%B3n-5319-2023-378622/texto

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