Encuadre fiscal para importar y vender
Revisamos el régimen que corresponde a tu actividad y te acompañamos en el paso a Responsable Inscripto cuando aplique, además de las obligaciones de tus ventas online.
Ordenamos tu actividad importadora para que puedas vender legalmente y cumplir con tus obligaciones fiscales. Revisamos el perfil importador, el régimen fiscal, los impuestos de importación, las ventas online y la documentación de cada operación.
Antes del primer envío conviene revisar el Perfil de Importador, el encuadre fiscal y la modalidad de ingreso que corresponde. Alineamos esos pasos con tu actividad y la documentación de la operación.
Importar mercadería para revender requiere revisar el régimen antes de que se concrete la operación. Te acompañamos a planificar el paso al régimen general y su implementación, sin confundir la venta online con la importación de stock comercial.
Revisamos dónde y cómo se desarrolla la actividad para determinar si corresponde una inscripción local o Convenio Multilateral. Vender por internet o enviar a distintas provincias no define por sí solo el encuadre.
El desembolso puede incluir IVA y percepciones. Revisamos cuáles pueden computarse como crédito fiscal o pago a cuenta según tu situación y la documentación; no necesariamente vuelven en efectivo de inmediato.
El depósito puede mezclar comisiones y logística con retenciones o percepciones fiscales. Conciliamos ventas, facturas, reportes de liquidación, cobros y constancias para que cada concepto quede registrado.
Las condiciones cambiarias dependen de la operación y las fijan la normativa vigente y el banco. Te acompañamos a revisar qué documentación requiere el pago y cómo dejarlo respaldado; conservá la factura o proforma y los comprobantes asociados.
Revisamos el régimen que corresponde a tu actividad y te acompañamos en el paso a Responsable Inscripto cuando aplique, además de las obligaciones de tus ventas online.
Conciliamos la información de Mercado Libre, Tiendanube y tus medios de cobro con las compras y la documentación respaldatoria. Revisamos el encuadre de IIBB y Convenio Multilateral según tu operatoria.
Trabajamos junto a tu despachante de aduana para que la documentación aduanera de cada operación coincida con los registros contables y fiscales.
Planificamos el tratamiento fiscal de cada importación y te acompañamos antes de pagar al proveedor del exterior: revisamos qué conviene considerar y cómo dejar la operación documentada. Las condiciones cambiarias las establece la normativa vigente y el banco para cada pago.
Revisamos el IVA y las percepciones pagados al importar para identificar qué puede computarse como crédito fiscal o pago a cuenta según tu situación. Te ayudamos a planificar la caja para no inmovilizar más dinero del necesario. No implica una devolución inmediata en efectivo.
Como apoyo a la planificación, reunimos los conceptos de la operación para estimar el costo de nacionalización antes de definir el precio de venta.
Consultá tus dudas al instante con tu asesor asignado y monitoreá tu situación en tiempo real desde el portal del cliente. También podés consultar cómo registrar nuevas operaciones a medida que incorporás productos y canales.
Si vas a importar stock para venderlo, resolvé el cambio antes de que se concrete la importación. La Ley 24.977, Anexo, artículo 20 inciso f, considera causal de exclusión haber realizado importaciones de cosas muebles o servicios para su comercialización posterior. El artículo 21 establece que la exclusión opera automáticamente desde las 00:00 del día en que se verifica la causal. Normativa consultada el 15/10/2026.
Si es mercadería para revender, no planifiques el circuito como si siguieras en Monotributo. Si importás algo para uso propio, no des por sentado que se aplica esa causal específica: la Ley habla de comercialización posterior y pueden aplicar otras reglas.
La renuncia voluntaria al Monotributo produce efectos desde el primer día del mes siguiente, según el artículo 19 de la Ley 24.977. Si ya ocurrió una causal de exclusión, el artículo 21 prevé la exclusión automática. Son situaciones distintas; conviene determinar el encuadre y el período de alta antes de cerrar el pedido. El mismo artículo 19 prevé una espera para volver al Monotributo por la misma actividad.
Para una persona humana, ARCA indica como mínimo IVA y Ganancias en el régimen general; Autónomos corresponde según la situación. Las altas se gestionan por Sistema Registral o Registro Único Tributario, según el trámite.
Evaluá inscripción local o Convenio Multilateral según dónde se desarrolla la actividad. Vender por internet a distintas provincias no alcanza por sí solo para afirmar cuál es el encuadre.
La documentación actual de ARCA habla del Perfil de Importador/Exportador. La figura responde a los cambios del DNU 70/2023 y la RG 5472/2023. ARCA detalla requisitos como las altas impositivas que correspondan y los datos biométricos. Para una importación destinada a reventa, tener un perfil aduanero no elimina la causal del Monotributo.
Conservá factura o proforma del proveedor, comprobantes de pago, documentación aduanera, percepciones y gastos de transporte y logística. Consultá al banco, antes de pagar, las condiciones cambiarias aplicables a la operación en la fecha prevista.

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