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Importá y vendé en regla.Tu negocio empieza antes del primer envío.

Ordenamos tu actividad importadora para que puedas vender legalmente y cumplir con tus obligaciones fiscales. Revisamos el perfil importador, el régimen fiscal, los impuestos de importación, las ventas online y la documentación de cada operación.

Problemas comunes

¿Te suena familiar?

«Quiero importar para vender y no sé por dónde empezar»

Antes del primer envío conviene revisar el Perfil de Importador, el encuadre fiscal y la modalidad de ingreso que corresponde. Alineamos esos pasos con tu actividad y la documentación de la operación.

«Estoy en Monotributo y no quiero enterarme tarde de que mi actividad no encaja»

Importar mercadería para revender requiere revisar el régimen antes de que se concrete la operación. Te acompañamos a planificar el paso al régimen general y su implementación, sin confundir la venta online con la importación de stock comercial.

«Vendo online a distintas provincias y no sé qué hacer con Ingresos Brutos»

Revisamos dónde y cómo se desarrolla la actividad para determinar si corresponde una inscripción local o Convenio Multilateral. Vender por internet o enviar a distintas provincias no define por sí solo el encuadre.

«Adelanto impuestos al importar y no sé cómo se computan»

El desembolso puede incluir IVA y percepciones. Revisamos cuáles pueden computarse como crédito fiscal o pago a cuenta según tu situación y la documentación; no necesariamente vuelven en efectivo de inmediato.

«Mercado Libre o Mercado Pago me deposita menos de lo que vendí»

El depósito puede mezclar comisiones y logística con retenciones o percepciones fiscales. Conciliamos ventas, facturas, reportes de liquidación, cobros y constancias para que cada concepto quede registrado.

«Tengo que pagar a un proveedor del exterior y no sé qué va a pedir mi banco»

Las condiciones cambiarias dependen de la operación y las fijan la normativa vigente y el banco. Te acompañamos a revisar qué documentación requiere el pago y cómo dejarlo respaldado; conservá la factura o proforma y los comprobantes asociados.

Nuestra solución

Cómo lo resolvemos

Encuadre fiscal para importar y vender

Revisamos el régimen que corresponde a tu actividad y te acompañamos en el paso a Responsable Inscripto cuando aplique, además de las obligaciones de tus ventas online.

Ventas online e Ingresos Brutos

Conciliamos la información de Mercado Libre, Tiendanube y tus medios de cobro con las compras y la documentación respaldatoria. Revisamos el encuadre de IIBB y Convenio Multilateral según tu operatoria.

Trabajo coordinado con tu despachante

Trabajamos junto a tu despachante de aduana para que la documentación aduanera de cada operación coincida con los registros contables y fiscales.

Planificación fiscal y acompañamiento en pagos al proveedor del exterior

Planificamos el tratamiento fiscal de cada importación y te acompañamos antes de pagar al proveedor del exterior: revisamos qué conviene considerar y cómo dejar la operación documentada. Las condiciones cambiarias las establece la normativa vigente y el banco para cada pago.

IVA y percepciones de importación

Revisamos el IVA y las percepciones pagados al importar para identificar qué puede computarse como crédito fiscal o pago a cuenta según tu situación. Te ayudamos a planificar la caja para no inmovilizar más dinero del necesario. No implica una devolución inmediata en efectivo.

Costo de nacionalización y margen

Como apoyo a la planificación, reunimos los conceptos de la operación para estimar el costo de nacionalización antes de definir el precio de venta.

Acompañamiento durante el crecimiento

Consultá tus dudas al instante con tu asesor asignado y monitoreá tu situación en tiempo real desde el portal del cliente. También podés consultar cómo registrar nuevas operaciones a medida que incorporás productos y canales.

Antes de importar para revender

Pasar a Responsable Inscripto para importar y revender

Si vas a importar stock para venderlo, resolvé el cambio antes de que se concrete la importación. La Ley 24.977, Anexo, artículo 20 inciso f, considera causal de exclusión haber realizado importaciones de cosas muebles o servicios para su comercialización posterior. El artículo 21 establece que la exclusión opera automáticamente desde las 00:00 del día en que se verifica la causal. Normativa consultada el 15/10/2026.

  1. 1

    Confirmá el destino de lo que vas a importar.

    Si es mercadería para revender, no planifiques el circuito como si siguieras en Monotributo. Si importás algo para uso propio, no des por sentado que se aplica esa causal específica: la Ley habla de comercialización posterior y pueden aplicar otras reglas.

  2. 2

    Definí cuándo debe empezar el régimen general.

    La renuncia voluntaria al Monotributo produce efectos desde el primer día del mes siguiente, según el artículo 19 de la Ley 24.977. Si ya ocurrió una causal de exclusión, el artículo 21 prevé la exclusión automática. Son situaciones distintas; conviene determinar el encuadre y el período de alta antes de cerrar el pedido. El mismo artículo 19 prevé una espera para volver al Monotributo por la misma actividad.

  3. 3

    Registrá los impuestos y actividades que correspondan.

    Para una persona humana, ARCA indica como mínimo IVA y Ganancias en el régimen general; Autónomos corresponde según la situación. Las altas se gestionan por Sistema Registral o Registro Único Tributario, según el trámite.

  4. 4

    Revisá Ingresos Brutos por jurisdicción.

    Evaluá inscripción local o Convenio Multilateral según dónde se desarrolla la actividad. Vender por internet a distintas provincias no alcanza por sí solo para afirmar cuál es el encuadre.

  5. 5

    Completá el alta aduanera vigente.

    La documentación actual de ARCA habla del Perfil de Importador/Exportador. La figura responde a los cambios del DNU 70/2023 y la RG 5472/2023. ARCA detalla requisitos como las altas impositivas que correspondan y los datos biométricos. Para una importación destinada a reventa, tener un perfil aduanero no elimina la causal del Monotributo.

  6. 6

    Armá el legajo de cada operación.

    Conservá factura o proforma del proveedor, comprobantes de pago, documentación aduanera, percepciones y gastos de transporte y logística. Consultá al banco, antes de pagar, las condiciones cambiarias aplicables a la operación en la fecha prevista.

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Preguntas frecuentes

Todo lo que necesitás saber

¿Puedo seguir en Monotributo si importo productos para revender?

No. Importar cosas muebles para revenderlas es causal de exclusión (Ley 24.977, Anexo, art. 20 inc. f): la exclusión es automática desde el día en que ocurre y no podés reingresar al Monotributo hasta después de transcurridos tres años calendario posteriores al de la exclusión (art. 21). Aparte, para adherir no tenés que haber importado para revender en los 12 meses previos (art. 2 inc. d). Planificá el paso a Responsable Inscripto antes de importar.

¿Tengo que pasar a Responsable Inscripto antes de pagarle al proveedor?

La causal legal se refiere a la importación para comercialización posterior, no al pago de la factura del proveedor. La recomendación práctica es iniciar el cambio antes de confirmar el pedido y asegurar que el régimen general esté vigente antes de importar. Si renunciás al Monotributo, el cambio rige desde el primer día del mes siguiente (Ley 24.977, art. 19).

¿Puedo revender mercadería que recibo por courier?

No uses “Pequeño Envío” para stock comercial: ARCA establece que esa modalidad no puede tener fin comercial. Existen otras destinaciones courier con requisitos propios. La vía depende del tipo de mercadería y la operación; el courier debe confirmar la modalidad aplicable antes del envío. Importar para revender también puede activar la causal de exclusión del Monotributo.

¿Todavía existe el Registro de Importadores y Exportadores de ARCA?

La documentación vigente de ARCA se refiere al Perfil de Importador/Exportador, creado en el marco de los cambios del DNU 70/2023 y la RG 5472/2023. ARCA publica requisitos para solicitarlo y mantenerlo, incluidas las altas impositivas que correspondan y los datos biométricos. La modalidad concreta debe revisarse según la operación.

¿Puedo recuperar el IVA y las percepciones que pagué al importar?

El IVA abonado en una importación definitiva puede computarse como crédito fiscal si cumple los requisitos legales y se vincula con operaciones gravadas. La percepción de IVA y la de Ganancias se registran bajo sus propios regímenes. Son créditos o pagos a cuenta según el caso; no implican una devolución inmediata del dinero adelantado.

¿Cómo calculo el costo nacionalizado por unidad para fijar el precio de venta?

Reuní valor de compra, flete, seguro, tributos, percepciones y gastos de nacionalización y logística local. Dividí los conceptos que correspondan al costo entre las unidades vendibles. Identificá aparte los importes computables como créditos o pagos a cuenta: afectan la caja al ingresar la mercadería, pero su tratamiento fiscal puede ser distinto del costo definitivo.

¿Vender por Mercado Envíos a varias provincias obliga a inscribirme en Convenio Multilateral?

Hay que revisar dónde se desarrolla la actividad y si las operaciones quedan comprendidas en el artículo 1 del Convenio Multilateral. El hecho de vender online o enviar a varias provincias no determina por sí solo el encuadre. Analizá actividad, operación y jurisdicciones antes de definir si corresponde inscripción local o Convenio.

¿Cómo concilio lo que vendí en Mercado Libre con el depósito de Mercado Pago?

Compará la venta y su factura con comisiones, logística, cobros netos y constancias de retenciones o percepciones. Separá gastos del canal de importes fiscales que puedan computarse. Guardá los reportes de liquidación y comprobantes para que cada concepto se registre en el impuesto y período que corresponda.

¿Qué tengo que revisar antes de pagar una importación en dólares?

Las condiciones de pago dependen del concepto y de la normativa cambiaria vigente. Consultá al banco antes de confirmar la operación para conocer canal, plazos y documentación exigida. Conservá factura o proforma, comprobantes de pago y documentos aduaneros. El BCRA mantiene el texto ordenado y las comunicaciones aplicables a pagos de importaciones.

¿Importar un equipo para usar en mi negocio me excluye del Monotributo?

La causal de la Ley 24.977 se refiere a importaciones para comercialización posterior. Un bien de uso propio no encaja automáticamente en esa descripción, aunque pueden existir otras causales o requisitos para la operación. Confirmá el destino del bien y tu situación fiscal antes de importar.