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SIRCIP 2026: qué es, desde cuándo rige y cómo se computan las percepciones de Ingresos Brutos
En resumen: El SIRCIP es el Sistema Informático de Recaudación, Control e Información de Percepciones de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, aprobado por la RG CA 9/2025. No es de ARBA ni de ninguna provincia: centraliza los regímenes de percepción de Ingresos Brutos de las jurisdicciones que adhieran, con un padrón mensual que se publica el día 22. Su entrada en vigencia se postergó dos veces y hoy está fijada para el 1 de diciembre de 2026 (Disposición CA 7/2026). Las percepciones que sufras no son un gasto: son un pago a cuenta que se computa en tu declaración jurada de Ingresos Brutos.
Si sos contribuyente de Convenio Multilateral, a partir de diciembre de 2026 vas a empezar a ver percepciones de Ingresos Brutos canalizadas por el SIRCIP en las facturas de algunos proveedores. Esta guía explica qué es, quién lo administra, desde cuándo rige, en qué se diferencia de SIRTAC y SIRCUPA y cómo se computan esas percepciones.
Qué es el SIRCIP
El SIRCIP es el Sistema Informático de Recaudación, Control e Información de Percepciones, aprobado por la Resolución General 9/2025 de la Comisión Arbitral (9 de abril de 2025). La Comisión Arbitral es el organismo que administra el Convenio Multilateral, el acuerdo entre las 24 jurisdicciones (23 provincias y CABA) para distribuir el Impuesto sobre los Ingresos Brutos de quienes tienen actividad en más de una de ellas.
Hasta ahora, cada provincia administra su propio régimen de percepción: su padrón, sus alícuotas y su forma de declarar. El SIRCIP no reemplaza esas normas, sino que las coordina en una plataforma única (sircip.comarb.gob.ar). Según la RG CA 9/2025:
- Los agentes de percepción son los que designa cada jurisdicción adherida. Entran con clave fiscal de ARCA, presentan una declaración jurada mensual de lo percibido y pagan por los medios habilitados en el sistema.
- El padrón de contribuyentes alcanzados lo arman y aprueban las jurisdicciones (son las únicas responsables de su contenido) y queda disponible para los agentes el día 22 de cada mes (o el hábil siguiente), para aplicarse el mes siguiente.
- Los sujetos percibidos (vos, si comprás a un agente) ven la percepción detallada en la factura y pueden consultar en el sitio, con su CUIT, los coeficientes de distribución que corresponde usar para repartir lo percibido entre las jurisdicciones adheridas. Esos coeficientes pueden cambiar de un mes a otro.
- Los reclamos de los contribuyentes se canalizan por el Comité de Administración SURA de la Comisión Arbitral, a través de su mesa de ayuda.
El sistema está pensado para contribuyentes de Convenio Multilateral, pero la norma permite que una jurisdicción incorpore también a sus contribuyentes locales enviando un padrón adicional.
Desde cuándo rige
La RG CA 9/2025 facultó al presidente de la Comisión Arbitral a fijar la fecha de inicio, y esa fecha cambió varias veces:
| Norma | Fecha de inicio fijada |
|---|---|
| Disposición de Presidencia 12/2025 | 1 de marzo de 2026 |
| Disposición 3/2026 (BO 18/2/2026) | 1 de julio de 2026 |
| Disposición 7/2026 (BO 11/6/2026) | 1 de diciembre de 2026 |
La Disposición 7/2026 aclara que la implementación será con las jurisdicciones que se detallen por Disposición de Presidencia antes de la entrada en vigencia. Por eso, antes de asumir que una provincia opera por SIRCIP, revisá el listado de jurisdicciones adheridas en la página del SIRCIP de la Comisión Arbitral. Hasta que el sistema arranque, las percepciones se siguen aplicando por el régimen propio de cada provincia.
SIRCIP, SIRCUPA, SIRTAC y regímenes provinciales
La Comisión Arbitral administra varios sistemas de recaudación de Ingresos Brutos. Los que más ve un vendedor online son:
| Sistema | Qué alcanza | Norma de la Comisión Arbitral |
|---|---|---|
| SIRCIP | Percepciones que te cobran tus proveedores en las facturas | RG CA 9/2025 (desde 1/12/2026) |
| SIRCUPA | Retenciones sobre acreditaciones en cuentas de pago (billeteras virtuales y otros proveedores de servicios de pago) | RG CA 9/2022 |
| SIRTAC | Retenciones sobre cobros de comercio electrónico abonados con tarjetas y otros medios de pago digitales | RG CA 2/2019 y modificatorias |
| SIRCREB | Retenciones sobre acreditaciones en cuentas bancarias | RG CA 104/2004 |
| Regímenes provinciales | Retenciones y percepciones propias de cada fisco (ARBA, AGIP, etc.) | Normas de cada jurisdicción |
En todos los casos la Comisión Arbitral administra el sistema, pero quienes deciden adherir, designan agentes y fijan alícuotas son las jurisdicciones. Por ejemplo, la Provincia de Buenos Aires adhirió al SIRCUPA recién en septiembre de 2025 (RN ARBA 25/2025).
El error más común es pensar que “el SIRCIP es de ARBA” o que “el SIRCUPA es el régimen de la Provincia”. Ninguno es provincial.
Qué significa “percepción IIBB” en una factura
Cuando un proveedor que es agente de percepción te vende, agrega en la factura un importe adicional de percepción de Ingresos Brutos. Ese importe es un anticipo de tu propio impuesto que el proveedor ingresa al fisco.
La alícuota depende de lo que diga el padrón para tu CUIT, y la fija cada jurisdicción según su normativa. No hay una alícuota única nacional: dos compradores de la misma mercadería pueden sufrir percepciones distintas según su situación en cada fisco.
Ejemplo (alícuota hipotética)
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Mercadería | $100.000 |
| IVA 21% | $21.000 |
| Percepción IIBB (ejemplo: 2% sobre el neto) | $2.000 |
| Total factura | $123.000 |
Los $2.000 no son un gasto: son un pago a cuenta que vas a descontar en tu declaración jurada de Ingresos Brutos.
Cómo se computan las percepciones en Convenio Multilateral
Paso 1: juntar y cruzar
Guardá todas las facturas con percepción y, una vez que el SIRCIP esté vigente, compará lo que figura en las facturas con lo que el sistema muestra para tu CUIT. Si un agente te percibió y no lo declaró (o declaró otro importe), pedile que lo corrija; si no lo resuelve, el canal de reclamo es el Comité de Administración SURA.
Paso 2: distribuir y declarar en SIFERE Web
Según la RG CA 9/2025, los importes percibidos por el SIRCIP se agrupan por mes calendario y se deducen en los anticipos según la normativa de cada jurisdicción, repartidos con los coeficientes de distribución que publica el propio sistema para tu CUIT. Después se cargan, jurisdicción por jurisdicción, en la declaración jurada mensual de Convenio Multilateral (CM03, en SIFERE Web).
Ejemplo de una jurisdicción (cifras hipotéticas):
- Impuesto determinado en la jurisdicción: $50.000
- Percepciones atribuidas a esa jurisdicción: $30.000
- Retenciones sufridas en esa jurisdicción (SIRTAC, SIRCUPA, regímenes propios): $10.000
- Saldo a pagar en esa jurisdicción: $10.000
Paso 3: gestionar el saldo a favor
Si lo retenido y percibido supera el impuesto de una jurisdicción, el saldo a favor queda en esa jurisdicción. Las opciones habituales son:
- Trasladarlo al anticipo siguiente en la misma jurisdicción.
- Pedir la reducción o exclusión de alícuotas ante el fisco que te asignó la alícuota en el padrón, con el trámite que cada uno prevé.
- Pedir la devolución o compensación según el código fiscal de esa jurisdicción. Suele ser el camino más lento.
Si el saldo a favor se repite todos los meses, el problema suele estar en la alícuota del padrón, no en la declaración jurada.
Para vendedores online: tres vías distintas
Un vendedor online puede sufrir recaudación de Ingresos Brutos por tres vías:
- Compras a proveedores: percepción en la factura, por el régimen de cada provincia y, desde el 1/12/2026, por el SIRCIP en las jurisdicciones adheridas.
- Cobros de ventas con tarjeta u otros medios de pago digitales: retención por SIRTAC.
- Acreditaciones en una cuenta de pago (por ejemplo, una billetera virtual): retención por SIRCUPA.
Las tres son pagos a cuenta y se computan en la declaración jurada, cada una con su comprobante. Llevalas separadas para poder conciliarlas.
Errores frecuentes
Tratar la percepción como un gasto. Es un pago a cuenta. Si la cargás como gasto y no la computás, pagás el impuesto dos veces.
No computarla en la declaración jurada. Si no la informás, pagás el impuesto completo además de lo que ya te percibieron.
Creer que el SIRCIP es de ARBA. Es de la Comisión Arbitral y sirve a las jurisdicciones que adhieran.
Dar por hecho que ya está vigente. Se postergó dos veces; hoy la fecha es el 1/12/2026 y la lista de jurisdicciones se define por disposición.
Acumular saldos a favor sin gestionarlos. Con inflación, un saldo a favor inmovilizado pierde valor. Para eso existen los pedidos de reducción de alícuotas.
Cuándo consultar a un especialista
- Te aplican una alícuota distinta de la que figura en el padrón.
- Acumulás saldos a favor que no bajan mes a mes.
- Tenés percepciones en facturas que no aparecen a tu nombre en el sistema.
- Tus coeficientes de Convenio no reflejan la distribución real de tu actividad.
- Querés saber cuánto de lo percibido en años anteriores todavía podés computar.
En Contablix trabajamos con vendedores online y negocios que operan en varias provincias. Podemos revisar tu situación en cada jurisdicción y ayudarte a computar bien las percepciones y a gestionar los saldos a favor.
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Preguntas frecuentes sobre el SIRCIP y las percepciones de Ingresos Brutos
¿Qué es el SIRCIP?
Es el Sistema Informático de Recaudación, Control e Información de Percepciones de la Comisión Arbitral (RG CA 9/2025). Coordina en una plataforma los regímenes de percepción de Ingresos Brutos de las jurisdicciones que adhieran, para contribuyentes de Convenio Multilateral. Entra en vigencia el 1 de diciembre de 2026 (Disposición CA 7/2026).
¿La percepción de IIBB en mi factura es un gasto o un crédito?
Es un pago a cuenta del impuesto. Se computa en la declaración jurada y reduce el saldo a pagar. Si supera el impuesto determinado, genera saldo a favor en esa jurisdicción.
¿Puedo recuperar percepciones de años anteriores?
En general sí, mientras no esté prescripta la acción, rectificando las declaraciones juradas en las que no las computaste. El plazo lo fija el código fiscal de cada jurisdicción.
¿Cuál es la diferencia entre SIRCIP y SIRCUPA?
Los dos son de la Comisión Arbitral. El SIRCIP canaliza las percepciones que te cobran tus proveedores (desde el 1/12/2026). El SIRCUPA (RG CA 9/2022) canaliza las retenciones sobre las acreditaciones en billeteras virtuales y otras cuentas de pago.
¿Cómo se reparten las percepciones del SIRCIP entre provincias?
Con los coeficientes de distribución que el sistema publica para tu CUIT cada mes. Con esos coeficientes repartís lo percibido entre las jurisdicciones adheridas y lo computás en la CM03 de cada una.
¿Dónde veo mi alícuota y mis coeficientes?
En sircip.comarb.gob.ar, con tu CUIT, una vez que el sistema esté vigente. El padrón de cada mes se publica el día 22 (o el hábil siguiente). Para los regímenes provinciales, en el sitio de cada fisco.
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Aviso importante Este artículo fue elaborado con asistencia de inteligencia artificial a partir de instrucciones revisadas por el equipo profesional de Contablix. Puede contener imprecisiones y no constituye asesoramiento impositivo individual. Para tu situación particular, consultá con tu contador de confianza.


